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abril 05, 2014

El primer secuestro aéreo en Panamá

El 9 de enero de 1970, exactamente seis años después de la gesta patriótica de 1964, un joven decidió conmemorar la histórica fecha con un "homenaje" no solo extraño y fuera de lo común, sino fuera de la ley: secuestrando un avión. Pero su osadía tuvo un desenlace fatal: los militares lo matan, aún estando desarmado.

El joven se llamaba Jorge Tulio Medrano Caballero, tenía 18 años y era simpatizante del comunismo cubano. La aeronave involucrada en este incidente era el Avión C-46, con matrícula HP 291, de la empresa Rutas Aéreas Panameñas, S.A. (RAPSA).

Avión de la aerolínea RAPSA.


Dicho caso fue objeto de investigación, aproximadamente tres décadas después, a cargo de la Comisión de la Verdad, el ente comisionado por el Estado panameño para investigar los reclamos de innumerables casos hasta ese entonces sin esclarecer, que se suscitaron durante los 21 años de la época de la dictadura militar en Panamá (1968-1989).

Al final de cuentas, todo indica que no fue necesaria la muerte del secuestrador, pues ya había entregado su arma y estaba dispuesto a entregarse y, ni los pasajeros ni la tripulación, corrían peligro. Además, el avión estaba seguro en tierra, en el aeropuerto. Tampoco se hicieron los suficientes intentos para una negociación efectiva. Incluso, mientras el secuestrador estuvo armado, nadie salió herido. Pero en el asalto al avión, por parte de los militares, hubo heridos entre los ocupantes del avión.

Veamos cómo se dieron los hechos (en base a lo extraído del informe final de la Comisión de la Verdad).

DESARROLLO DE LOS SUCESOS:

En la fecha mencionada, el joven Medrano abordó dicho avión como un pasajero cualquiera en el Aeropuerto de Tocumen, rumbo a la provincia de Bocas del Toro. No se pudo aterrizar en Changuinola ni en Bocas del Toro por el mal tiempo, por lo que emprendieron el viaje hacia David.

En el transcurso del vuelo de Changuinola a David, Medrano, se dirigió al servicio y salió empuñando un arma de fuego, con la cual hizo un disparo en el piso del avión. Luego dijo que la nave iba rumbo a Cuba y que quien se opusiera moriría. Hizo que la mayoría de los ocupantes se ubicaran en los respectivos asientos, pero en la parte delantera de las filas de derecha a izquierda.

El secuestrador se acercó a la parte trasera de la nave, donde se encontraba Luis Alberto Córdoba Jaramillo, mecánico de la nave, y lo tomó como rehén, encañonándolo en la sien. Ordenó al capitán Pretelt que piloteara hacia La Habana, Cuba, pero éste le señaló que había poco combustible y que necesitarían reabastecerse para un viaje tan largo.

El capitán ya se había comunicado con la torre de control. Al aterrizar en el Aeropuerto Enrique Malek, de David (Chiriquí), se encontraban unidades de la Guardia Nacional en la torre de control.  El capitán Pretelt intentó negociar con Medrano la salida de todos los pasajeros, y que luego volaría a Cuba; pero Medrano no aceptó.

Manuel Antonio Noriega y Omar Torrijos Herrera 
El encargado de controlar la situación  fue el Jefe de la Zona Militar de Chiriquí, quien era, nada menos y nada más, que el futuro dictador de la República de Panamá: el (en ese entonces) mayor Manuel Antonio Noriega. A través de altoparlantes, instó a Medrano a que abandonara sus planes de secuestro. Pero éste tampoco aceptó.

Al fin, los pasajeros lograron convencer al joven secuestrador de que entregara el arma y se rindiera. Se le notificó al mayor Noriega que el secuestrador ya estaba desarmado y dispuesto a entregarse. Sin embargo, Noriega, el subteniente Armando Palacios Góndola, el teniente Mario Abel del Cid y el Cabo Eliécer Cavaría, irrumpen violentamente en el avión. El subteniente Palacios Góndola dispara al secuestrador y lo mata. Hirió, también, al mecánico Córdoba y al pasajero Valero.

El pasajero Luis Córdoba relata en su declaración:
"De repente escuché ráfagas de disparos provenientes del exterior del avión. Medrano se desplomó lentamente hacia mi lado e hizo dos disparos cuando se iba cayendo, de los cuales uno me hirió en el interior del antebrazo izquierdo. Siguió doblegándose hacia delante, pero había perdido la coordinación de los movimientos.  Yo traté de desarmarlo y, con esa finalidad, me auxiliaron otros pasajeros, cosa que en efecto logramos. Allí, seguidamente, penetró al avión un oficial de apellido Góndola e hizo un disparo más contra el mencionado sujeto. Todos los demás pasajeros descendieron del avión y yo fui atendido de la herida de bala".

El certificado de defunción indica la muerte de Medrano el 9 de enero de 1970, a causa de “herida por proyectiles, arma de fuego, hemorragia interna”.

Hay que tener en cuenta que existen otros testigos que nunca dieron su testimonio, y otros más que, en su mayoría, ya están muertos. Todo ello dificulta cualquier investigación posterior, además de que el caso aconteció en 1970.

ACTIVIDAD JUDICIAL:

El 9 de enero de 1970, la Fiscalía Primera del Circuito de Chiriquí inició las sumarias para establecer las circunstancias en que se produjo la muerte de Jorge Tulio Medrano Cabellero.

Una vez realizadas las averiguaciones, la mencionada Fiscalía solicitó, el 14 de julio de 1970 (tan solo 5 días después del incidente), el sobreseimiento definitivo, ya que “la Guardia Nacional al actuar en la forma en que lo hizo, solamente cumplió con su deber de proteger y velar por los intereses y vidas de los asociados…” 

El Cuarto Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial sobresee definitivamente el sumario del 1 de octubre de 1970.

INFORME FINAL DE LA COMISIÓN DE LA VERDAD:
LA COMISIÓN DE LA VERDAD CONSIDERA:

1. Hay suficientes elementos de convicción para concluir que Jorge Tulio Medrano Caballero intentó secuestrar un avión y dirigirlo a la isla de Cuba, en un contexto en el que se perseguía a los individuos de su filiación política.

2. Hay suficientes elementos de convicción para concluir que Jorge Tulio Medrano Caballero murió cuando, desarmado y herido, recibió un tiro de gracia de un oficial de la Guardia Nacional.

3. Por lo tanto, puede concluirse que se cometió contra él violación de su derecho a la vida, consagrado en el artículo 19 de la Constitución de 1946, en el artículo 1 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, y en el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y que se violó igualmente el principio de la firma de buena fe de los convenios y tratados, artículo 4, sobre derecho a la vida, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, suscrita, aunque no ratificada, por la República de Panamá.

PERFIL DEL SECUESTRADOR:

Jorge Tulio Medrano Caballero era de la provincia de Herrera, tenía 18 años y estaba soltero. Realizó estudios de primer ciclo de secundaria.

Perteneció al "Frente de Resistencia Popular" antes de formar parte del "Movimiento Liberación Nacional 29 de Noviembre", que planeaba varias actividades para contrarrestar a la dictadura militar; entre ellas, el secuestro del avión, y era señalado como un subversivo, por el régimen militar, explicó Abdiel De León, de COFADEPA.

Federico Britton, de COFADEPA H.G., cree que Medrano presentaba problemas mentales.


Fuentes:
¿Fue necesaria la muerte de Jorge Medrano?
Un homenaje fatídico a los mártires del 9 de enero
Casos de piratería en Panamá, aérea y marítima
La dictadura en Panamá
Hijacker slain in Panama
Would-be hijacker killed in Panama


2 comentarios:

  1. lamentablemente, yo en ese entonces, era una niña,hasta ahora me doy cuenta del caso suscitado,la verdad en la versión que dio que dio uno de los pasajeros se contradice, el ya estaba desarmado, como es que dice que hizo dos disparos,

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    1. Medrano tenia problemas psiquiátricos y tenia una pistola de agua. Una tía mía estaba en ese avión. Fue asesinado a sangre fría, además se había entregado ya.

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